Beneficiados de proyecto pro-corruptos
El texto final de la ley concede este beneficio a procesados y condenados por delitos cuyas penalidades no sean mayores de seis años, y el cómputo de carcelería sería a razón de un día de prisión por un día de vigilancia electrónica.

El condenado que no haya sido sujeto a sentencia condenatoria por delito doloso podrá acceder a este mecanismo de restricción si ha cumplido los 65 años de edad. También podrán acogerse los que sufren de enfermedad grave, los que adolezcan de discapacidad permanente, las mujeres gestantes dentro del tercer trimestre del proceso de gestación y las madres (cabeza de familia) con hijos menores o con discapacidad permanente.
La vigilancia electrónica permitirá al procesado o sentenciado desplazarse en una zona cercana del lugar que elija como residencia. Además deberá cumplir con las reglas de conducta que prevé la ley y le imponga el juez
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Tags: discapacidad, vigilancia, madres, gestacion, cabeza, familia, menores, hijos, proceso, tercer,
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