El experto en temas agrarios Reynaldo Trinidad advirtió ayer sobre aspectos tramposos de la propuesta del presidente
Alan García, de que el
Congreso apruebe una nueva ley para las comunidades indígenas, que facilite la entrega de sus tierras en alquiler a empresas privadas, como alternativa al fracaso del intento oficial de simplificar el procedimiento de venta de las mismas.
Trinidad dijo que la trampa está en incorporar a los ‘comuneros posesionarios’ y no únicamente a los ‘comuneros calificados’ o propietarios, en las decisiones que se adopten para vender o alquilar las tierras comunales.
El especialista puso en tela de juicio el planteamiento del presidente García de reducir al 51% del total de comuneros la mayoría necesaria para que las comunidades puedan asociarse, alquilar o establecer convenios con terceros para explotar las tierras y mantener el requisito de 66% para la venta.
Trinidad dijo que hay que tener cuidado con la propuesta, pues los verdaderos propietarios, reconocidos en los estatutos de la comunidad o por títulos del Estado, son los únicos que deberían decidir en las votaciones. “Ellos son los comuneros calificados”, sostuvo.
No deberían votar, en cambio, los llamados ‘comuneros posesionarios’, que pueden ser invasores de tierras, ‘sembrados’ por el gobierno o por las empresas interesadas en adquirir las tierras comunales.
“La medida se presta a la manipulación y a la presencia de elementos ajenos a las comunidades, el gobierno quiere privatizar las tierras y puede convalidar la presencia de intrusos en las decisiones que se adopten”, explicó Trinidad.
Advirtió acerca de una política contraria a las comunidades, como la que revierte al Estado tierras supuestamente eriazas, tal como ocurrió con la comunidad San Pedro de Lloc, a la que se arrebató más de 1,200 hectáreas para vendérselas a la empresa Gandules, que ahora controla cerca de 3,000 hectáreas.
Trinidad reclamó que el
Congreso revise toda la legislación expedida por el gobierno que tenga que ver con el uso de aguas, bosques y tierras, pues propicia su privatización y entrega a grandes capitales.
Rechazan planteamiento
El presidente de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), Alberto Pizango, rechazó el planteamiento, sin cambios sustanciales, formulado por el presidente
Alan García.
Adelantó que ante la posibilidad de que el Ejecutivo observe la ley que deroga dichas normas, los pueblos indígenas y amazónicos continuarán en su lucha.
El líder amazónico insistió en que buscan que el gobierno respete el Convenio 169 de la OIT, pues los pueblos indígenas tienen una propuesta clara. Asimismo dijo que esperan un diálogo con el Ejecutivo “que hasta el momento, a pesar de nuestra solicitud, no se da”.
Tras incidir en que el mejor camino es el diálogo y no las decisiones adelantadas, en alusión a la propuesta del jefe de Estado, Pizango detalló que la plataforma de reclamos de los pueblos amazónicos tiene doce puntos, de los que ocho se relacionan directamente con el Ejecutivo y cuatro con el
Congreso, con cuyos representantes ya se inició un primer acercamiento; además del compromiso de conformar una Comisión Multisectorial que –conjuntamente– analizará la situación de la selva.
Decretos legislativos son inconstitucionales
Tras un estudio exhaustivo, el constitucionalista Francisco Eguiguren llegó a la conclusión de que la mayoría de los decretos legislativos elaborados por el Ejecutivo en uso de las facultades otorgadas por el
Congreso, tienen naturaleza inconstitucional.
Eguiguren explicó que varios de los decretos no tienen relación con el Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, cuya implementación fue el objetivo del otorgamiento de las facultades legislativas.
“El Ejecutivo ha hecho un uso extensivo y abusivo de la delegación de facultades. El Art. 2.2 de la Ley 29157 indica que tiene que haber una relación estricta entre las materias delegadas y su vinculación con la implementación del TLC”, dijo Eguiguren, quien elaboró el estudio a pedido de la Agencia Humanitaria Oxfam Internacional.
Según Eguiguren, los decretos legislativos 1015 y 1073 son inconstitucionales, pues transgreden el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que indica que cualquier disposición del gobierno que afecte a la organización interna de una comunidad nativa debe ser consultada con esta previamente. Del mismo modo, el Ejecutivo derogó la Ley 26505 mediante el decreto 1064, cuando una ley sólo puede ser modificada o derogada por otra ley aprobada por el
Congreso.
El letrado explicó que un rasgo característico del uso dado por el Ejecutivo a las facultades delegadas ha sido la “intención manifiesta” de exceder y aprovechar las atribuciones recibidas para expedir un número de normas con ninguna o muy poca vinculación con el TLC. “Ello hace que tales decretos puedan ser calificados de inconstitucionales por razones de forma, al haber incumplido los parámetros fijados en la ley 29157, lo que ameritaría su derogación en el
Congreso, o que se declare su inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional”, precisó.
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