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Publicado: Domingo 16 de enero del 2011 | Especial | Imprimir | Compartir | 793 Lecturas

Autonomía y ética

 
Autonomía y ética

(1) Magistrados San Martín y Lama, gestiones esperanzadoras.(2) Los sobornos y los juegos de influencias atentan contra la justicia.


 
La defensa de la autonomía del Poder Judicial y la moralización de la administración de justicia, anunciadas por las nuevas autoridades de ese poder del Estado, dan pie a esta visión de la situación que deben afrontar.

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PODER JUDICIAL"
Cuando el presidente del Poder Judicial, César San Martín, y el presidente de la Corte Superior de Lima, Héctor Lama Moore, ponen énfasis en que uno de los ejes de la renovación de este poder del Estado es el fortalecimiento de su independencia, señalando que no consentirán que manos extrañas intervengan en una responsabilidad que es propia de los magistrados, saben por qué lo dicen.

No está tan lejano en el recuerdo el año 1996 en que se promulgó, durante el gobierno de Alberto Fujimori la Ley 26623, norma que representó un viraje que produjo el sometimiento de la magistratura al poder político.

Esta norma creó la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial estableciendo que asumiría las funciones de gobierno del Poder Judicial sustituyendo a la Corte Suprema. En noviembre de 1,996 se promulgó la Ley 26695 que profundizó la subordinación y abdicación del Poder Judicial frente al poder político estableciendo que el presidente de la Corte Suprema, Víctor Raúl Mansilla, cuya relación con la red de corrupción de Vladimiro Montesinos se probaría posteriormente, podía designar unilateralmente a los presidentes de las Salas Especializadas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema así como a sus Presidentes. Esta prerrogativa la usaría Alejandro Rodríguez Medrano para la formación de salas especializadas transitorias compuestas por vocales supremos provisionales, salas de delitos tributarios y aduaneros o especializadas de Drogas, a partir de las cuales se orientaron los resultados de diversos fallos judiciales.

Corrupción
El presidente de la Suprema fue facultado para designar al Jefe de la OCMA -con lo cual el status de la máxima autoridad de control dependía directamente de él-. Esa subordinación produjo la inexistencia de mecanismos de fiscalización de los fallos jurisdiccionales en ámbitos particularmente trascendentes como el narcotráfico.

Es esta historia de abdicación, sometimiento y corrupción la que no se quiere repetir más. Bienvenida esa vocación de autonomía y de no dependencia.

Otro de los aspectos destacados es la creación de un Tribunal de Etica de carácter consultivo, en la orientación de no tocar las funciones de la OCMA, el órgano de control disciplinario permanente. Precisar adecuadamente las funciones del primero será vital para que su rol no sea simbólico ni coyuntural.

Los mecanismos de corrupción son los investigados por los órganos de control disciplinario como medios que hacen más fácil y expeditiva la corrupción.

Entre éstos se encuadran los lobbys que actúan al margen de la ley o se aprovechan de limitaciones normativas. La existencia de relaciones bilaterales en las instancias judiciales para influir en los fallos, el tráfico con proyectos de autos, sentencias y resoluciones finales; el accionar de algunos magistrados, personal auxiliar, secretarios y relatores así como de Policías y vigilantes adscritos a las salas o juzgados que sirven de intermediarios de la corrupción, los mismos que coordinan proyectos de sentencias con algunos abogados o Estudios Jurídicos; pueden no ser tan groseros y evidentes como en tiempos dictatoriales, pero aún existen y debe ser combatido. Por eso es destacable la instalación de un observatorio permanente de casos en los que se presume que pueda existir tráfico de influencias, percepción de dádivas o ventajas de cualquier naturaleza.

Otros problemas
El intercambio de favores, que constituye una de las modalidades del tráfico de influencias con el objeto de incidir en fallos jurisdiccionales a cambio de ayudas para influir en el resultado de otros procesos, así como las vulnerabilidades personales del magistrado, que provienen de la inicial ubicación en el cargo, la solicitud de jueces ubicados en estructura jerárquicas superiores, la escasa formación, mediocridad y deficiencia académica, la falta de experiencia en el manejo del despacho judicial, el interés sexual o patrimonial, son otros aspectos a corregir y enfrentar.

La participación informal de determinados jueces en Estudios de abogados que litigan a través de terceros es un tema que incluso se ha expresado en niveles muy altos tales como el Consejo Nacional de la Magistratura.

La utilización de mecanismos procesales impertinentes, cuando algunos magistrados no redactan personalmente los fallos que posteriormente suscriben a título personal si no que encargan esta labor al personal auxiliar son malas prácticas que revelan un grado agudo de falta de compromiso profesional que algunos explican por el exagerado número de expedientes y la sobrecarga procesal. Algunos jueces revisan los borradores preparados por los técnicos pero otros ni eso.

Sobornos y algo más
El libre arbitrio y la discrecionalidad otorgados a los asistentes auspician el desarrollo de mecanismos de corrupción. Así, técnicos sin ética cobran dádivas por preparar borradores que favorecen a una de las partes, principalmente por intereses patrimoniales.

La percepción de sobornos a través de terceras personas en procesos penales por delitos graves, los hábeas corpus concedidos a procesados en casos graves de narcotráfico, el chantaje que se hace al cobrar para el otorgamiento de libertad a algunos presos son también modalidades frecuentes de corrupción.

Señalar estas conductas no quiere decir que estemos expresando que todos o la mayor parte de los magistrados y operadores del servicio de justicia las practican. Nos consta que existen magistrados y auxiliares de justicia probos y trabajadores Pero señalar las prácticas corruptas es ir reforzando una visión del mundo con valores y tradiciones compartidas puesta al servicio del bien común. sin transigir nunca más con la falsa conciencia.

En la justicia la ética debe ser un componente fundamental en el desempeño del servicio público. Y construir probidad en ella exige enfrentar concretamente las modalidades de corrupción. Tocar los problemas es así un medio de participar en el proceso de restitución de un espíritu colectivo genuinamente democrático.


Rosa Mavila León
Colaboradora



 

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Tags: corrupcion, judicial, magistrados, fallos, suprema, mecanismos, presidente, justicia, jueces, trafico,

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