Demanda al gobierno cumplir con ley de gas
Por ser energía no renovable y porque las reservas del Gas Natural de Camisea serán siempre insuficientes para abastecer la demanda interna, el Decano Nacional del Consejo Nacional del Colegio de Ingenieros del Perú, Fernán Muñoz Rodríguez, reiteró que no debe exportarse dicho recurso, sino darle constantemente mayor valor agregado y, principalmente, para el uso interno, como es abastecer la industria petroquímica y la industria en general.
Decano del Colegio de Ingenieros se aúna al pedido nacional de priorizar el gas para el mercado interno, como dicta el D.L. 27133 "

Especialista recomienda darle al gas un valor agregado.
Propuso al gobierno hacer respetar la legislación, como la ley 27133, que le da prioridad a las necesidades de nuestro país y limitar el proyecto exportador hasta que no se amplíen las reservas. “Debe hacer valer los derechos del país, que implica reducir el volumen de exportación comprometido, puesto que existe una demanda interna insatisfecha”, puntualizó.
Sostuvo que es urgente el análisis de las reservas probadas, para defender los intereses del país y para que de ninguna manera se dé preferencia al programa exportador promocionado cuando se informó que teníamos gas para 50 años.
Las cifras oficiales – precisó el Ing. Muñoz - revelan que las actuales reservas probadas deben estar comprometidas para la demanda interna, para nuestra industria exportadora y no para que otros países sean más competitivos que nosotros”.
“Debemos de fabricar urea, nitrato y sulfato de amonio de amonio para consumo local, en lugar de importarlo. Debemos velar por el Perú, los peruanos somos primero. Hay que analizar lo que podemos hacer y producir. No regalemos nuestros recursos no renovables, como es el gas”, enfatizó Muñoz Rodríguez.
Afirmó que sacrificar el abastecimiento interno a costa del proyecto exportador, que demanda casi un tercio del gas de Camisea, tendrá nefastas consecuencias para el país.
¿Qué dice la norma?
La Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural (Ley N° 27133) establece en su artículo 4, inciso a), que se debe “garantizar el abastecimiento al mercado nacional de Gas Natural, por un período mínimo definido en el contrato (un mínimo de 20 años)”. La norma fue dictada el 4 de junio de 1999, o sea que la empresa encargada de la explotación del Gas Natural tiene la obligación de garantizar y priorizar el abastecimiento del mercado interno hasta el 2019.
Carlos Herrera Descalzi, especialista en Hidrocarburos, dijo que no es necesario que el gobierno renuncie al contrato, simplemente tiene que aplicar la normativa legal vigente, que claramente dice que la prioridad es el mercado interno. “Sólo cuando está asegurada la demanda interna se puede exportar los excedentes”, enfatizó.
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Tags: demanda, interna, pais, industria, interno, natural, reservas, mercado, nacional, munoz,
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