Congreso debe aprobar acuerdo
El recién suscrito acuerdo energético entre el Perú y Brasil, tiene que ser aprobado por el Congreso de la República antes que el Ejecutivo lo ratifique mediante decreto supremo, de lo contrario, será inconstitucional, así lo advierte, César Gamboa, coordinador del Programa de energía Sostenible de Derecho, Ambiente y Recursos Naturales DAR.
Cuestionado convenio entre Perú y Brasil debe ser ratificado por el Legislativo de lo contrario será declarado inconstitucional. "

El Acuerdo no garantiza sostenibilidad económica, social y ambiental.
Pero ¿por qué es necesario que el Legislativo ratifique el acuerdo energético? Según Gamboa, el convenio bilateral modifica el marco legal peruano sobre concesiones hidroeléctricas. Al respecto, el artículo 56 de Constitución Política del Perú indica claramente que los tratados deben ser aprobados por el Congreso antes de su ratificación por el Presidente de la República, siempre que modifiquen o deroguen alguna ley (en este caso la ley de concesiones eléctricas). La norma de la Carta Magna, también, indica que en casos que tenga que ver con dominio de recursos naturales el Legislativo debe aprobarlo.
La suscripción del acuerdo energético entre Perú y Brasil debe ser aprobado por el Congreso de lo contrario sería inconstitucional al desacatar lo que ordena la Carta Magna. No basta con la aprobación del presidente García como quieren hacer creer la administración actual, recalca Gamboa.
Pero no sólo preocupa la inconstitucionalidad del acuerdo, el impacto social y ambiental es otro problema, incluso más perjudicial, para el Perú.
Acuerdo irregular
Según Mariano Castro, de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, en ninguno de los 15 artículos del acuerdo energético se especifica cuantos proyectos hidroeléctricos se ‘promoverán’ ni cual será su localización exacta. El artículo 3 indica que la capacidad acumulada de todas las centrales de generación que se puedan comprometer a la exportación será como máximo de 6000 MW más una tolerancia del 20%.
Para Castro, el acuerdo no es muy transparente pues al no identificar los proyectos sino el volumen de energía, “los gobiernos evitan que especialistas puedan realizar cálculos para saber el número total de hectáreas inundadas y de poblaciones que serán desplazadas”.
Deforestación de bosques
El acuerdo es muy explícito en fijar las cuotas energéticas de exportación, pero es vago en lo relacionado con los costos sociales y ambientales, opina Castro. Añade que el artículo 9 sólo sostiene que “todas las actividades que se realicen para el cumplimiento del presente Acuerdo (..) se efectuarán en un contexto de desarrollo sostenible”.
El acuerdo planea la construcción de al menos cinco centrales hidroeléctricas en el Perú, las cuales serán administradas por empresas Brasileñas por 30 años, y el país está en la obligación de vender la energía a la vecina nación.
Solo tomando en cuenta 2 de las posibles centrales hidroeléctricas que formarían parte de este Acuerdo, se desplazarían a más de 18,000 ciudadanos, entre ellos 10 mil pobladores Asháninkas. Además, más de 700 mil hectáreas de bosques amazónicos serían seriamente degradadas, advierte el especialista de DAR.
“El Perú hoy día tiene un potencial de energía limpia nueve veces mayor que la demanda interna, por lo tanto, no hay justificación suficiente para que se apresuren en construir estas centrales”, denuncia Castro.
Wilder Mayo
Redacción
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