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Publicado: Domingo 04 de octubre del 2009 | Economía | Imprimir | Compartir | 253 Lecturas

Cámaras amazónicas apoyan exoneración



Tras destacar la aprobación por parte del pleno del Congreso del proyecto de ley que deroga los decretos legislativos N° 977 y N° 978, restituyendo la plena vigencia de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía – Ley N° 27037, las Cámaras de Comercio de esta parte del país aclararon que la referida legislación va más allá del reintegro tributario, que se rige bajo otra normativa, que es la ley N° 28656.

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Las Cámaras de Comercio advierten que Ejecutivo pone trabas a inversiones en esta parte del país."


El gobierno utiliza al MEF para seguir centralizando los recursos.


Las Cámaras de Comercio de la Amazonía afirmaron que el gobierno, a través del Ministerio de Economía y Finanzas y otras instancias, busca confundir los alcances de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía con la Ley del Reintegro Tributario, que son totalmente diferentes. Además, precisaron, la vigencia de la ley N° 28656 culminó en diciembre del 2007.

Román Meza, vicepresidente de la Cámara de Comercio de Madre de Dios, aseguró que la ley N° 27037 no restituye el reintegro tributario, y que el MEF y la Sunat aprovecharon que existían distorsiones en el control del reintegro tributario para eliminar los alcances de la Ley de Promoción de la Inversión Privada que beneficia al sector productivo de la Amazonía.

El empresariado de la Amazonía señaló que el texto sustitutorio aprobado el pasado jueves en el pleno del Congreso y que deroga los decretos legislativos N° 977 y N° 978, está dando cumplimiento al mandato de una sentencia del Tribunal Constitucional.

Nelson Torres, ex presidente de la Cámara de Comercio de Ucayali y director de Perucámaras, precisó que con el texto sustitutorio aprobado en el pleno del Congreso se ha dado un gran paso, pues no se trata de exoneraciones tributarias, sino de un “tratamiento especial para la Amazonía” por mandato constitucional. Recordó que el artículo 69 de la Constitución señala que el Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonía con una legislación adecuada.

Aclaró que el texto sustitutorio establece que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2015 la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) a la importación de bienes que se destine al consumo de la Amazonía, de acuerdo a lo dispuesto en la tercera disposición complementaria de la ley N° 27037; y que se prorroga, además, hasta el 31 de diciembre del 2015 los beneficios para los programas de inversión dispuestos en la quinta disposición complementaria de la referida ley.

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Tags: amazonia, tributario, inversion, comercio, reintegro, diciembre, 0, texto, sustitutorio, promocion,

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