¿Hacia dónde vamos con la implementación de la Ley de Consulta Previa?
Como parte de la implementación de la Ley de Consulta Previa, Ley N° 29785, que incoherentemente careció de un proceso de consulta, el gobierno elaboró el año pasado un borrador de reglamento que ha venido recogiendo aportes de los pueblos indígenas a nivel nacional. Hoy, luego que esta etapa ha concluido, las organizaciones indígenas han decido no pronunciarse sobre este borrador, sino más bien exigir la modificación de la Ley de Consulta Previa.

Luis Hallazi Méndez
Amazonía y buen gobierno Derecho, Ambiente y Recursos Naturales - DARAlgunos han dicho que este proceso podría ser una oportunidad desaprovechada. Sin embargo, debe entenderse que los pueblos indígenas a través de sus organizaciones han demostrado mayor madurez política, participando activamente en este proceso y cuestionando la misma ley, no solo por los artículos que vulneran sus derechos sino por el contrasentido de hacerlo en su etapa de reglamentación. Una lección que ya el Estado debería haber asimilado es que son las formas el primer indicador para afianzar la confianza y ya en las cuestiones de fondo ser conscientes que las organizaciones indígenas tienen mucho que aportar.
Es necesario recalcar y enfatizar, que ésta no solo es una ley para asegurar las inversiones, como parece lo ha venido concibiendo el gobierno, significa también abrir los canales de participación plena y asegurar que los pueblos indígenas empiecen a ser verdaderos sujetos de derecho y decidan libremente por qué tipo de desarrollo apuestan. Tampoco significa que por exigir la modificación de la Ley de Consulta, sin pronunciarse sobre su reglamentación, esto quiera decir que se dejan desprotegidos los territorios indígenas. Por el contrario, debe entenderse que la única forma de asegurar el respeto a los derechos de los pueblos indígenas es promoviendo leyes claras que garanticen la implementación de sus derechos, en este caso, un derecho a la consulta que ha sido ganado por los pueblos indígenas, derecho vigente desde 1995.
Finalmente la responsabilidad está en la cancha del gobierno. Si decide continuar con el proceso y promulgar un reglamento, darán la señal que el diálogo no sirve de nada cuando se interactúa con el Estado, y una Ley de Consulta sin consulta, con un reglamento “consultado” pero sin respetar los acuerdos, es un ingrediente altamente inflamable para estos tiempos de crecientes conflictos socio-ambientales.
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Tags: indigenas, consulta, pueblos, proceso, gobierno, reglamento, derechos, etapa, asegurar, organizaciones,
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